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Ayudas para instalar un punto de recarga

Publicado el 28 de mayo de 2024

Ayudas para instalar un punto de recarga

Si vas a instalar un punto de recarga en casa, en España hay ahora mismo dos ayudas vivas. La deducción del 15 % en el IRPF y el Certificado de Ahorro Energético. Ninguna de las dos es el Plan MOVES III, que dejó de estar habilitado el 31 de julio de 2024 y al que todavía apuntan muchas páginas sin actualizar.

Esto es lo que se puede pedir hoy, cuánto supone y qué hay que hacer para cobrarlo.

La deducción del 15 % en el IRPF

Es la ayuda principal y la que más gente puede usar. Te deduces el 15 % de lo que hayas pagado por instalar el punto de recarga, sobre una base máxima de 4.000 euros al año. En una instalación doméstica normal eso significa devolverte varios cientos de euros en la declaración de la renta, y hasta 600 euros si el gasto llega al tope.

Lo que hay que tener en cuenta:

  • Plazo: la instalación tiene que estar terminada antes del 31 de diciembre de 2026. Es la fecha que marca el calendario, y no conviene apurarla.
  • Dónde: en un inmueble de tu propiedad, y el punto de recarga no puede estar afecto a una actividad económica.
  • Cómo pagar: con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. En efectivo no cuenta.
  • Cuándo se aplica: en el ejercicio en el que termina la instalación, con la factura y el justificante de pago.

La base de la deducción es el importe de la instalación completa, no solo el equipo. Por eso conviene tener un presupuesto cerrado y una factura que lo recoja todo: cargador, materiales, protecciones, mano de obra y legalización. En el catálogo de cargadores los precios ya vienen así.

El Certificado de Ahorro Energético

El CAE es el segundo camino, y va por otro lado. No es una deducción fiscal, sino un certificado que acredita el ahorro de energía que produce la actuación y que se convierte en dinero para quien la hace.

En la práctica supone hasta 600 euros cuando el coche eléctrico se ha comprado achatarrando un coche de combustión. Lo tramitamos nosotros: tú no presentas ningún papel.

Se pueden combinar

Sí. La deducción del IRPF va por la vía fiscal y el CAE por la del ahorro energético certificado, así que no se pisan. Lo lógico es contar con las dos desde el principio, porque cambian bastante el coste final de la instalación.

Qué fue el Plan MOVES III

El MOVES III se aprobó en 2021 y estuvo habilitado hasta el 31 de julio de 2024. Lo contamos en pasado porque ya no se puede solicitar, pero sigue apareciendo citado en muchos sitios y conviene saber de qué se habla.

Fue la tercera fase del Plan de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible. Venía del MOVES I, de 2019, con 45 millones de euros, y del MOVES II, de 2020, con 100 millones. El MOVES III arrancó con 400 millones y se fue ampliando en sucesivas prórrogas.

Cubría dos cosas: la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. Los porcentajes dependían del beneficiario, y los tramos que se citaban con más frecuencia iban del 70 % para particulares y comunidades de propietarios hasta el 35 % para grandes empresas.

También arrastró dos problemas conocidos. La gestión iba por comunidad autónoma, con criterios y plazos distintos en cada una. Y el cobro se retrasaba mucho: no fue raro esperar más de un año desde la solicitud hasta el ingreso.

Nada de esto aplica hoy. Si alguien te ofrece tramitar el MOVES III en 2026, no hay nada que tramitar.

Otras ayudas que conviene mirar

Además de las dos ayudas estatales, hay incentivos que dependen de dónde vivas y que cambian de un año a otro:

  • Impuesto de circulación: muchos ayuntamientos aplican una bonificación en el impuesto de vehículos de tracción mecánica a los coches eléctricos. El porcentaje lo fija cada ordenanza municipal.
  • Ayudas municipales y autonómicas: algunos consistorios y comunidades convocan líneas propias para instalar puntos de recarga. Son convocatorias con plazo, así que hay que mirarlas en su momento.
  • Tarifa eléctrica: una tarifa con discriminación horaria abarata mucho la recarga nocturna. No es una subvención, pero es la palanca que más se nota en la factura mes a mes.

Y en una comunidad de vecinos

Cuando la plaza está en un garaje comunitario, la deducción del IRPF funciona igual para el vecino que paga su instalación. Lo que cambia es el procedimiento previo: la Ley de Propiedad Horizontal solo exige comunicar la instalación a la comunidad, no pedirle permiso. Lo explicamos entero en las instalaciones en comunidades de vecinos.

Preguntas frecuentes

¿Sigue abierto el Plan MOVES III?

No. Estuvo habilitado hasta el 31 de julio de 2024 y ya no admite solicitudes.

¿Cuánto me puedo deducir por instalar un cargador?

El 15 % del importe de la instalación, con una base máxima de 4.000 euros. El tope de deducción es, por tanto, de 600 euros.

¿Hasta cuándo puedo hacer la instalación?

Tiene que estar terminada antes del 31 de diciembre de 2026 para poder aplicar la deducción.

¿El CAE lo tengo que pedir yo?

No. Lo tramitamos nosotros como parte del servicio, y son hasta 600 euros si has comprado el eléctrico achatarrando un coche de combustión.

¿La ayuda cubre solo el cargador o también la instalación?

La base de la deducción es el importe de la instalación completa: equipo, materiales, protecciones, mano de obra y legalización.

Si quieres ver cuánto te sale a ti, los precios cerrados están en el catálogo de cargadores y en nuestras herramientas de cálculo puedes comparar el gasto de un eléctrico frente a uno de combustión.

¿Te ayudamos con tu instalación?

Si después de leer esto te han quedado dudas sobre tu caso, cuéntanoslo y te lo miramos sin compromiso.

0 € por adelantadoGarantía de 3 añosLegalización y ayudas incluidas